Las personas que lo necesiten podrán llevar a bordo del avión máquinas de apnea o concentradores de oxígeno, independientemente del equipaje de mano y sin tener que pagar nada extra.
Para aceptar estos aparatos de uso médico se debe cumplir con la siguiente información:
Máquina de apnea - concentradores portátiles de oxígeno (POC)
- Deberás presentar un informe médico que indique la necesidad del uso del aparato.
- Si no es así, se admitirá (de forma excepcional) si se demuestra que el aparato está homologado para el vuelo y que cumple con los requisitos (puedes consultarlos en la página web de la FAA).
- Deberá medir 30x30 cm y poder colocarse debajo del asiento delantero. Si las medidas son mayores, necesitarás un espacio adicional, por lo que te pedimos que contactes con nuestro Centro de Atención al cliente.
- El aparato deberá funcionar con baterías secas.
- Las baterías adicionales deben ir dentro del equipaje de mano, embaladas por separado y protegidas.
- Las baterías deben ser suficientes para poder cubrir como mínimo un 50% más de la duración total de tu viaje (por posibles esperas adicionales en el aeropuerto o retrasos inesperados).
- Pueden poder desconectarse si se requiere por motivos de seguridad.
Generadores de oxígeno (CPAP)
- Se podrán usar a bordo sin necesidad de una autorización especial.
- El aparato deberá funcionar con baterías secas.
- Pueden poder desconectarse si se requiere por motivos de seguridad.
- No confundir con un concentrador portátil de oxígeno (POC).
- Deberá medir 30x30 cm y poder colocarse debajo del asiento delantero. Si las medidas son mayores, necesitarás un espacio adicional, por lo que te pedimos que contactes con nuestro Centro de Atención al cliente.
Si viajas tanto con una máquina de apnea como con un generador de oxígenos, no podrás sentarte en las salidas de emergencia del avión.